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Barracas en Covadonga

Durante la celebración de la Festa Major de este año, pienso que los vecinos del barrio de Covadonga han sufrido lo que, en mi opinión, es una agresión a su derecho de ciudadanía, como ya ha sucedido en ediciones pasadas en otros puntos de la ciudad, debido a tres decisiones, a mi entender equivocadas, que ha tomado el Ayuntamiento o mejor dicho algunos de sus representantes.
Una ha sido repetir como actividad las llamadas barracas, actividad que ha sido denunciada por muchos ciudadanos por el incivismo demostrado por una parte de sus participantes y por las grandes molestias que ocasiona.
El otro la de ubicarlo cerca de las casas de los vecinos y no a las afueras de la ciudad y, finalmente, por autorizar la finalización de este acto, no después del acto de fin de fiesta, que suele ser el castillo de fuegos artificiales, o ni siquiera a las 12 de la noche, en que se acaba oficialmente la Festa Major, sino a las tres de la madrugada del martes 6 de septiembre! (dato corroborado por la Policía Municipal), con grave perjuicio para el descanso de los vecinos, especialmente por los niños, los ancianos y los vecinos que han de levantarse temprano para ir a trabajar.
Pienso que se han vulnerado derechos básicos de los ciudadanos, para favorecer una actividad que no ha respetado los derechos de los vecinos, entre otras razones, por utilizar un volumen de sonido muy elevado y a altas horas de la noche, y en que algunos de los participantes, por fortuna no todos, no han respetado tampoco estos derechos, ni el mobiliario urbano, ni las mas básicas normas de conducta e higiene.
Por todo lo expuesto, creo que las entidades ciudadanas deberían tomar alguna acción conjunta, encaminada a denunciar los hechos, pedir que no se celebre esta actividad dentro del núcleo urbano, ubicándolo en las afueras (aunque lo más sensato en época de crisis seria replantear algunas actividades), instar al Ayuntamiento que en la ordenanza municipal de ruido y vibraciones de Sabadell (BOP del 15/II/2011) se incluya un artículo disponiendo que cualquier actividad de ocio que se celebre al aire libre dentro del casco urbano de la ciudad, en cualquier caso y circunstancia, deba finalizar a las 12 de la noche, al menos si el día siguiente es día laborable, y se proponga al Ayuntamiento, aportando todo el apoyo necesario, la redacción y aprobación de una ordenanza cívica para la ciudad, como ya disponen otros municipios, que ayude a evitar la erosión de los fundamentos básicos de convivencia cívica.

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